REDACCIÓN HOY CASTUERA
Miércoles, 16 de marzo 2016, 17:34
En el Boletín Oficial de la Provincia, B.O.P. de Badajoz, del martes, 15 de marzo, han quedado publicadas las bases y la convocatoria que regulan la concesión de subvenciones para la realización de actividades sociales, culturales, deportivas y juveniles, para el año 2016, destinadas a entidades de carácter no lucrativo que concede el Ayuntamiento de Castuera.
Según se recoge en las bases, sólo podrán acceder a estas ayudas las asociaciones de la localidad que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Castuera, a la fecha de la publicación en el BOP, y que no estén incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos: Programa de actividades, objetivos, métodos, planificación y fechas; Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad para la que se solicite subvención; y Certificación expedida por el Secretario de la entidad acreditativa del acuerdo del órgano de gobierno por el cual se decide formular la petición.
En cuanto a los criterios de adjudicación de la subvenciones se tendrá en cuenta que: que suponga una mayor difusión del municipio de Castuera en el ámbito municipal, autonómico o nacional; la regularidad en la realización de actividades, su permanencia y la mera ocasionalidad,; la innovación y creatividad del proyecto; los proyectos dirigidos a la atención y promoción de la infancia, mayores, personas en riesgo de exclusión social, inmigrantes y personas con distintas capacidades; la contribución a la mejora de la promoción individual/social, integración, igualdad y calidad de vida de los destinatarios del proyecto; y la participación ciudadana. La puntuación de cada criterio será de un máximo de 10 puntos.
Las bases completas de esta convocatoria se pueden consultar en la página Web del Ayuntamiento www.castuera.es y en el tablón de anuncios del Consistorio.
Los colectivos interesados ya pueden presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento durante un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del 12 de marzo.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.