REDACCIÓN HOY CASTUERA
Miércoles, 16 de marzo 2016, 17:34
En el Boletín Oficial de la Provincia, B.O.P. de Badajoz, del martes, 15 de marzo, han quedado publicadas las bases y la convocatoria que regulan la concesión de subvenciones para la realización de actividades sociales, culturales, deportivas y juveniles, para el año 2016, destinadas a entidades de carácter no lucrativo que concede el Ayuntamiento de Castuera.
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Según se recoge en las bases, sólo podrán acceder a estas ayudas las asociaciones de la localidad que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Castuera, a la fecha de la publicación en el BOP, y que no estén incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos: Programa de actividades, objetivos, métodos, planificación y fechas; Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad para la que se solicite subvención; y Certificación expedida por el Secretario de la entidad acreditativa del acuerdo del órgano de gobierno por el cual se decide formular la petición.
En cuanto a los criterios de adjudicación de la subvenciones se tendrá en cuenta que: que suponga una mayor difusión del municipio de Castuera en el ámbito municipal, autonómico o nacional; la regularidad en la realización de actividades, su permanencia y la mera ocasionalidad,; la innovación y creatividad del proyecto; los proyectos dirigidos a la atención y promoción de la infancia, mayores, personas en riesgo de exclusión social, inmigrantes y personas con distintas capacidades; la contribución a la mejora de la promoción individual/social, integración, igualdad y calidad de vida de los destinatarios del proyecto; y la participación ciudadana. La puntuación de cada criterio será de un máximo de 10 puntos.
Las bases completas de esta convocatoria se pueden consultar en la página Web del Ayuntamiento www.castuera.es y en el tablón de anuncios del Consistorio.
Los colectivos interesados ya pueden presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento durante un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del 12 de marzo.
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